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Congreso

Estos 7 diputad@s conformarán la Comisión Permanente del Congreso de Colima

Claudia Aguirre, Guillermo Toscano, Martha Meza Oregón, Remedios Olivera, Mayra Villalvazo Heredia, Araceli García Muro y Rosalva Farías Larios, son el diputado y las diputadas que eligió el Congreso del Estado de Colima para conformar la Comisión Permanente en el periodo de transición entre la 59 y 60 Legislatura.

La presidencia de la Comisión Permanente está encabezada por Claudia Aguirre, de Morena; el vicepresidente es Guillermo Toscano, de la bancada Juntos por Colima; la primera secretaria es Martha Meza, del Partido Verde; y la segunda secretaria es Remedios Olivera, de Movimiento Ciudadano.

En tanto, la primer vocal es Mayra Villalvazo, del Partido del Trabajo; la segunda vocal es Araceli García Muro, del grupo parlamentario de Morena; y la tercer vocal es Rosalva Farías, del Partido Nueva Alianza, informó el Congreso del Estado este martes (31 de agosto).

 ¿Cuáles son las funciones de la Comisión Permanente? 

El Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima establece en su capítulo XXII que durante los períodos de receso del Congreso se conformará una Comisión Permanente, la cual debe integrarse por siete diputados, quienes entrarán en funciones después de ser clausurados los trabajos del periodo ordinario, y de que se haya efectuado su sesión de instalación.

En este caso, la clausura del segundo periodo ordinario de sesiones correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional de la 59 Legislatura se decretó este martes 31 de agosto.

Dicho reglamento puntualiza que en el año en que se hayan celebrado elecciones para renovar al Legislativo estatal, la Comisión Permanente se constituirá como comisión instaladora, presidirá la junta previa y será el enlace con la nueva Legislatura. Además, dicha comisión deberá sesionar por lo menos una vez a la semana.

“La Comisión Permanente tendrá las facultades y obligaciones que le señala el artículo 36 de la Constitución, los artículos 105, 106 y 108 de la Ley y los que le encomiende la Asamblea”, marca el reglamento del Poder Legislativo.

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima establece en su artículo 29 que el Congreso estatal renovará a sus integrantes cada tres años, y la Legislatura se instalará el día primero de octubre del año en el que se celebró la elección.

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