Estas son las medidas adicionales para Colima ante aumento de casos de Covid-19

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El Gobierno del Estado de Colima emitió medidas preventivas adicionales en materia de sanidad ante el aumento de casos positivos por coronavirus (Covid-19) en la entidad, las cuales fueron aprobadas este jueves (16 de julio) por el Consejo Estatal de Protección Civil con el objetivo de combatir la dispersión del virus SARS-Cov-2 entre la población colimense.

Las nuevas disposiciones se encuentran en el “Acuerdo por el que se emiten medidas adicionales para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-Cov-2 en el estado de Colima y sus municipios”, en el cual se ratifican las medidas que decretó el Consejo Estatal de Protección Civil el pasado 2 de abril respecto a mantener aislamiento preventivo estricto para los grupos vulnerables a la enfermedad.

También se determinó continuar con el uso correcto y obligatorio de cubrebocas para todas las personas que se encuentren tanto en espacios públicos como privados realizando alguna actividad, ya sea en edificios, transporte, vía pública y cualquier otro recinto que se ubique dentro del territorio de Colima.

El nuevo acuerdo refiere que se mantienen las medidas preventivas en las que no se pueden realizar reuniones o eventos que congreguen más de 20 personas; se debe llevar a cabo el lavado de manos con agua y jabón o gel alcoholado al 70%; se tiene que aplicar el estornudo de etiqueta; no saludar de beso, mano o abrazo; y seguir las demás medidas emitidas por la Secretaría de Salud.

Otra de las disposiciones que se incluye es en torno a la presencia de personas en la vía pública “sólo por motivos de fuerza mayor”, pues solamente serán justificados quienes lo hagan para la compra de medicamentos y alimentos, traslado a unidades de atención médicas, centros de refugio o asistencia, centros de trabajo, así como a instalaciones de dependencias de seguridad pública, protección civil y las instituciones consideradas como esenciales.

El acuerdo señala que a quienes se identifiquen en la vía pública sin cubrebocas y desempeñando alguna de las actividades contempladas como no esenciales, las autoridades de seguridad estatales o municipales de Colima les indicarán que regresen a su domicilio, de lo contrario se procederá conforme a los artículos 416 y 417 de la Ley General de Salud.

“A la persona que se detecte circulando sin cubrebocas y que no se encuentre realizando alguna de las actividades señaladas en las fracciones anteriores, la policía estatal y/o municipal la conminará para que regrese a su domicilio, en caso de que se rehúse a hacerlo, se les aplicarán las sanciones previstas en el artículo cuarto del presente acuerdo”, indica el documento.

La Ley General de Salud marca en su artículo 417 que las sanciones administrativas podrán ser amonestaciones con apercibimiento, una multa, clausura temporal o definitiva, así como arresto por 36 horas.

El documento fue aprobado con 46 votos a favor, dos en contra y dos abstenciones, según un comunicado del gobierno estatal.