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Seguridad

7 claves sobre la certificación policial en Colima (a 1 año de que se venza el plazo)

A un año de que se venza el plazo para cumplir con la certificación del 100% de los policías de ColimaAlfredo Chávez, encargado de Despacho del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, informó que hasta el momento únicamente el 31% de los agentes estatales, es decir, 719 elementos, cuenta con el documento que acredita su confiabilidad.

“Es una evaluación pensada en establecer niveles de confianza en los elementos de Seguridad Pública. Los policías deben tener capacidades acreditadas para ejercer su función, como es claro”, dijo este martes a Miguel Ángel Vargas de EstaciónPacífico.com en RadioLevy.

Conoce las 7 claves sobre el funcionamiento del Certificado Único Policial.

1.- Para conseguir esta acreditación, los elementos de seguridad pública de la entidad deben haber cumplido satisfactoriamente con cuatro exámenes:

  • Curso Inicial: Se capacita al activo para llevar a cabo su función.
  • Examen de Control y Confianza: Para verificar que el personal actúe dentro del marco de la Ley.
  • Evaluación de Desempeño: Se trata de un análisis del historial de cada uno de los policías para conocer su comportamiento, conducta y logros durante el desempeño de sus funciones.
  • Evaluación de Capacidades Básicas: Se busca garantizar que los policías tienen las aptitudes y habilidades necesarias para salvaguardar la integridad de la ciudadanía.

“Todo ese cúmulo de exámenes que deben estar aprobados y vigentes les permiten emitir el Certificado Único Policial, que en esencia es un documento físico que se entrega a cada policía, pero va más allá de ser un solo documento, es la posibilidad de tener todos los exámenes aprobados y generar confianza a la ciudadanía”, precisó Chávez.

2.- Los exámenes referidos buscan identificar indicadores que permitan establecer la confianza (o no confianza) en las personas que se dedican a la seguridad pública, de acuerdo con exámenes médicos, psicológicos, socioeconómicos, investigaciones de campo y cuestionarios en escritorio.

3.- El Certificado Único Policial debe renovarse cada dos años y de forma permanente. Esa renovación aplica para las instituciones de seguridad pública de toda la entidad.

4.- De acuerdo con el encargado de Despacho, el Secretariado Ejecutivo tiene la obligación de certificar al menos al 50% de los elementos del Estado de Fuerza en el plazo que vence en diciembre de 2018. El otro 50% deberá quedar certificado a más tardar el 9 de septiembre de 2019.

“Hicimos un corte al 30 de agosto y de acuerdo con un sistema nacional pudimos determinar que 719 elementos contaban ya con estos cuatro principios básicos acreditados y vigentes. Esos 719 corresponden a un 31% de avance (…) Tenemos la obligación de certificar, se asignaron recursos autorizados por la Federación, gestionados por el estado para poder realizar las referidas evaluaciones”, señaló el funcionario estatal.

5.- La certificación aplica para tres perfiles operativos policiales específicos:

  • Preventivos (estatales o municipales),
  • De investigación, de la Fiscalía, y
  • Agentes de guarda y custodia del Sistema Penitenciario, que dependen de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).

6.- Si los elementos policiacos no aprueban, lo que sigue en el proceso es revisar los indicadores por los que no alcanzan la certificación para entonces tomar una decisión. La Comisión de Honor y Justicia de la Policía Estatal está encargada de llevar a cabo ese proceso de depuración y emitir las recomendaciones pertinentes a las corporaciones municipales o estatales.

“Ellos, de acuerdo con los lineamientos que tengan, habrán de recomendar a las corporaciones qué es lo que procede, si es una baja de la institución, de acuerdo con la gravedad de los indicadores que se tengan”, destacó Chávez.

7.- Si un policía no puede obtener su certificación porque se le encuentran vínculos con la delincuencia organizada, se establecerán las denuncias correspondientes; sin embargo, si reprobó por cuestiones médicas, la autoridad podrá reubicarlo en alguna otra función.

“En el caso de no aprobar por un tema médico, y esto nos genera la necesidad de que esta persona ya no es apta para formar parte de la actividad judicial y entonces se queda sujeto a que la autoridad pueda reubicarlo en esta función. La autoridad responsable determinará a dónde se le asignará al policía”, abundó.

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