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Política

TEE rechaza impugnación de Memo Toscano para anular elección de Villa de Álvarez

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) de Colima rechazó la impugnación realizada por el candidato de Morena a la alcaldía de Villa de Álvarez, Guillermo Toscano, con la cual se buscaba anular el triunfo de la abanderada de la coalición ‘Va por Colima’, Esther Gutiérrez.

La autoridad jurisdiccional en materia electoral en el estado resolvió como “inoperantes e infundados” los agravios expuestos por Guillermo Toscano en el juicio de inconformidad. Además, se confirmaron los resultados del cómputo y la declaración de validez de la elección del Ayuntamiento de Villa de Álvarez correspondiente al reciente proceso electoral; de igual forma, se ratifica la constancia de mayoría otorgada a la candidatura del PRI-PAN-PRD.

“Primero, se declaran inoperantes e infundados los agravios hechos valer por el ciudadano Guillermo Toscano Reyes y Víctor Hugo Morales Gaspar, dentro del juicio de inconformidad (…) Segundo, se confirman los resultados del cómputo y la declaración de validez del Ayuntamiento del municipio de Villa de Álvarez, del proceso electoral local ordinario 2021, así como la constancia de mayoría otorgada a la planilla encabezada por Esther Gutiérrez”, declaró este miércoles (1 de septiembre) la magistrada presidenta del TEE, Ana Carmen González.

El magistrado José Luis Puente, quien dio lectura al proyecto, dio a conocer que uno de los argumentos de Toscano para invalidar la elección era la “actuación dolosa e ilegal” del consejero presidente del Consejo Municipal Electoral de Villa de Álvarez, pero también una irregularidad relacionada a la participación de funcionarios de casilla que no pertenecían a la sección electoral de las casillas que se impugnaron en el cómputo.

“Solicitando se declare la nulidad de la elección por la actuación dolosa e ilegal del consejero presidente, así como por vicios en el procedimiento ocurridos por la sustitución y/o corrimientos de funcionarios de las mesas directivas de casilla, acontecido durante su instalación, por no haberse respetado el orden establecido en el artículo 209 del Código Electoral, y por haberse permitido actuar como funcionarios de casilla que no pertenecían a la sección electoral de las casillas impugnadas, lo que vulneró el principio certeza y legalidad”, expuso.

El proyecto presentado fue avalado por unanimidad (tres votos a favor), es decir, que contó con el respaldo de Ana Carmen González, así como del magistrado José Luis Puente y de la magistrada María Elena Díaz.

La parte que promovió el recurso de impugnación ante el TEE todavía tiene la posibilidad de impugnar ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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