Gabriel Verduzco renuncia a FGE por jubilación; surte efectos al iniciar gobierno de Indira
El titular de la Fiscalía General del Estado (FGE) Gabriel Verduzco renunció a dicho cargo para iniciar su proceso de jubilación, confirmó el propio fiscal a EstaciónPacífico.com. La dimisión surte efectos a partir del próximo 1 de noviembre, fecha que coincide con el inicio de la nueva administración estatal, encabezada por Indira Vizcaíno.
El pasado viernes (24 de septiembre) Gabriel Verduzco presentó un documento al gobernador de Colima, Ignacio Peralta, donde le manifiesta su deseo de renunciar al cargo a partir de dicha fecha y “con carácter de irrevocable”.
“Considero importante mencionar que la decisión que tomo es por razones estrictamente personales, pero continuaré trabajando y cumpliendo todas las obligaciones institucionales en materia de procuración de justicia, y estaré pendiente del cargo hasta el último día que he de cumplirlo”, refiere el escrito.
Verduzco agradeció al mandatario estatal “las consideraciones para el desarrollo de su cargo” y la oportunidad de servir a la sociedad colimense.
Gabriel Verduzco es la primera persona en fungir como fiscal general en Colima. Fue designado titular de la FGE el 5 de septiembre de 2018, luego de que en agosto del mismo año entrara en vigor una reforma que convirtió a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en la Fiscalía General del Estado (FGE) con lo que se dotó a la institución de autonomía constitucional.
Como fiscal general del Estado, Verduzco tenía la posibilidad de permanecer seis años en el cargo (es decir, hasta septiembre de 2024) con opción de ser reelecto por un periodo adicional.
¿Qué sigue para la FGE cuando Gabriel Verduzco deje el cargo?
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley orgánica de la Fiscalía General local, el Ejecutivo estatal deberá proponer al Congreso del Estado a la persona que considere idónea para ocupar el cargo de titular de la FGE, quien deberá cumplir con los siguientes requisitos.
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en ejercicio de sus derechos y no poseer otra nacionalidad.
- Tener mínimo treinta años cumplidos al día de su designación y no más de setenta y cinco.
- Contar con título profesional de licenciado en derecho, con antigüedad mínima de cinco años, expedido por una autoridad o institución legalmente facultada para ello.
- No haber sido condenado por delito doloso.
- Gozar de buena reputación.
- Tener un perfil idóneo para el cargo, en razón de sus antecedentes laborales y profesionales.
Posteriormente, el Congreso del Estado citará a comparecer a la persona propuesta, para luego designar a la o el nuevo fiscal general con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, dentro de un plazo de 10 días hábiles.
Si el Congreso no resuelve dentro del plazo indicado, se dará por aprobada la propuesta presentada por el Ejecutivo.
En caso de que el Legislativo local niegue dicha aprobación, lo notificará al titular del Gobierno estatal, quien deberá presentar una segunda propuesta. Después, se procederá en los mismos términos referidos anteriormente.
En caso de que el Congreso estatal rechace dos propuestas sucesivas de nombramiento, se tendrá por aprobada la que libremente determine el Ejecutivo.