Congreso local reforma la Ley de Turismo para contemplar condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad.
El Congreso de Colima aprobó este jueves por unanimidad, modificar la Ley de Turismo del Estado para contemplar la promoción de “la prestación de servicios turísticos con accesibilidad”, así como un política estatal que atienda la materia y garantice este derecho a las personas con discapacidad.
Las reformas hechas fueron a “los artículos 4, fracciones X y XI, 26 Bis 3 primer párrafo y el segundo párrafo que por corrimiento se convirtió en el cuarto párrafo, así como la fracción I de este último y el numeral 26 Bis 4, primer párrafo”.
“Se adicionaron los párrafos segundo y tercero al artículo 26 Bis 3, con el corrimiento respectivo del segundo párrafo para ser el cuarto párrafo, así como un segundo párrafo con las fracciones I, II, III y IV al artículo 26 Bis 4 y los artículos 26 Bis 5 y 26 Bis 6, haciéndose el corrimiento del actual artículo 26 Bis 5 para ser el numeral 26 Bis 7”
En estas modificaciones se contempla que el Estado y los municipios deben adoptar las medidas que garanticen que este sector goce del “derecho a de las oportunidades y servicios turísticos en igualdad de circunstancias y en condiciones accesibles”.
También se prevé que la Subsecretaría de Turismo fomente la infraestructura accesible “que permita la creación de entornos de diseño universal que ayuden a las personas con discapacidad a acceder y disfrutar de los servicios turísticos que se prestan en el Estado, así como a las familias con niños pequeños y a las personas adultas mayores”.
Esta misma tarea recaerá sobre los prestadores de servicios, que deberán contemplar lo siguiente:
Contar con instalaciones, mobiliario y equipo accesibles
Sensibilizar y capacitar al personal que preste los servicios turísticos
Contar con información accesible para los diferentes tipos de discapacidad mediante el uso de formatos alternativos y
Las demás políticas, procedimientos y acciones que se consideren oportunas y necesarias para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los servicios que prestan.
Estos además, tendrán que permitir la entrada a animales de servicio.
La subsecretaría además, tendrá la obligación de impulsar acciones para el desarrollo de playas accesibles que al menos, deberán disponer de los siguientes requisitos:
Acceso mediante pasarelas y rampas
Zonas acotadas de sol y sombra
Vestuarios y servicios adaptados y sillas y muletas anfibias para bañarse en el mar, con la asistencia de un equipo de profesionales y
Las demás acciones que se consideren oportunas y necesarias para garantizar el acceso de las personas con discapacidad.
Los transitorios de este dictamen, también señalan que “las obligaciones dispuestas para las autoridades estatales y municipales, así como para los prestadores de servicios turísticos, se implementarán de forma paulatina y progresiva en función de la suficiencia presupuestaria”.