Type to search

Destacada

Ocho claves sobre las modificaciones a los requisitos para ser comisionado del Infocol

La determinación sobre lo que pasará con el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y  Protección de Datos del Estado de Colima (Infocol) está en la cancha de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

Son dos los recursos que se prevén en contra de las reformas aprobadas por el Congreso Local que modificaron los requisitos para postular a nuevos comisionados o comisionadas: una Acción de Inconstitucionalidad que ya se interpuso por el pleno del Infocol y otra que se prevé por parte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). 

De acuerdo con la acción promovida por el Infocol, este cambio a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, “vulnera el derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales, en su vertiente de debilitar la autonomía, independencia e imparcialidad del Instituto de Transparencia Local”.

En entrevista con Estación Pacífico, Francisco José Yáñez Centeno y Arvizu, nuevo comisionado presidente del Infocol, consideró que, esta reforma, “es un retroceso en materia de transparencia”.

“Se vulneran, desde nuestro punto de vista, ciertos principios que están establecidos en la Constitución General y en las leyes secundarias que regulan el derecho humano de acceso a la información pública”, mencionó.

Aseguró, además, que él no tiene vínculos con partidos políticos o funcionarios de administraciones anteriores.

“Ya no sé ni pa’ dónde hacerme porque también me relacionan con Morena por cuestiones familiares, me han relacionado con Nacho Peralta (el exgobernadora de Colima), me han relacionado con el PAN, me han relacionado hasta con MC (Movimiento Ciudadano) inclusive, entonces la verdad es que no, precisamente eso me ha enseñado muchas cosas y es lo que me ha motivado a que tenga esos principios propios de imparcialidad y de objetividad, no tengo compromiso con nadie”, expresó.

Estas son las ocho claves sobre lo ocurrido en los últimos días  respecto a la reforma a las fracciones IX y X del artículo 79 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima: 

  1. La reforma implementada por el Congreso local eliminó y disminuyó algunos de los requisitos para ser comisionado y comisionada del Infocol. 
  2. Se eliminó el periodo mínimo de dos años de distancia previos a la fecha de la convocatoria para que fueran aspirantes  aquellas personas que hubieran ocupado un cargo directivo en un partido o asociación política o haber participado como candidata a algún cargo de elección popular.
  3. Pasó de tres a un año el periodo  necesario para que quienes hayan ocupado los cargos de gobernador, diputado, alcalde, síndico, regidor, magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, del Tribunal Electoral del Estado, del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, y del Tribunal Contencioso Administrativo, puedan acceder  a la convocatoria para integrar el Infocol. 
  4. Los y las comisionadas deben serán electos con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado, a propuesta del titular del Poder Ejecutivo Estatal. Para realizar las propuestas, el Ejecutivo recibirá previamente las proposiciones de las instituciones y organizaciones académicas, profesionales y gremiales de la entidad.
  5. Se creará una Comisión integrada  cuando menos por un representante de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, uno del Poder Judicial, uno del Organismo Garante, uno de alguna institución de educación superior, además de las personas o representantes de las agrupaciones que en cada caso determine la convocatoria, la cual revisará  los perfiles de los aspirantes, pudieron considerar   evaluaciones y entrevistas, para finalmente emitir una opinión con los resultados.
  6. En su artículo 77, la Ley de Transparencia, indica que el o la titular del Poder Ejecutivo resolverá de manera discrecional y de entre los aprobados por la Comisión creada, a quienes integrarán su propuesta, la que considerará una persona por cada uno de los tres puestos de Comisionado.
  7. El Congreso resolverá  la designación de los comisionados con base en las propuestas formuladas por el Ejecutivo   dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que reciba el documento correspondiente. De no emitir pronunciamiento expreso en dicho término, se tendrán por aprobadas las propuestas de la gubernatura.
  8. En caso de que la SCJN fallara en contra de las reformas implementadas por el Congreso local, las personas elegidas para fungir como comisionadas del Infocol, tendría que emitirse una nueva convocatoria tomando en cuenta la determinación de la SCJN. 

 

Tags:

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *

A %d blogueros les gusta esto: