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¿Qué debemos hacer para acabar con embarazos en niñas de 10 a 12 años en nuestro país?

Si se considera que la ley establece como abuso sexual la relación entre una persona mayor de edad y una menor de 16 años, aun cuando exista consentimiento; los nacimientos registrados en el año 2024 con las madres más jóvenes, serían producto de este delito.

Esta tabla con datos oficiales de la Secretaría de Salud, deja ver claramente que existen en México niñas y adolescentes siendo madres a muy corta edad. Varios de los casos derivados de relaciones con hombres mucho mayores que ellas, es decir, producto de abusos sexuales.

Colima es parte de la lista con dos casos ocurridos en el municipio de Tecomán, donde niñas de 11 y 12 años de edad se convirtieron en madres. El primero derivado de una relación con otro menor de 17 años y en el segundo el padre tenía 39 años, es decir, 27 más que ella.

De la lista de 30 nacimientos destaca el de una niña de 10 años de edad que procreó con un hombre de 32 en el Estado de México, entidad con otro caso importante entre una menor de 12 años con un hombre de 65, y los estados de Veracruz y Jalisco, donde niñas de 12 años dieron a luz derivado de relaciones con hombres de 50 años de edad.

Este panorama nos remite a la importancia de la educación sexual y la despenalización del aborto, que en este momento es ley vigente en 24 entidades y que se requiere cerrar filas para que los congresos locales faltantes legislen y dejen atrás convicciones particulares y la influencia de grupos que promueven la protección de la vida desde la concepción.

Otro aspecto relevante en este tema es la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que por unanimidad determinó que los actos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes son imprescriptibles, es decir, que pueden ser denunciados sin importar el tiempo transcurrido a partir del hecho.

Lo anterior se dio en el marco del juicio civil promovido por la cantante Sasha Sokol contra del productor Luis de Llano, a quien denunció por abuso sexual ocurrido cuando ella tenía 14 años.

Aunque el acusado promovió un amparo aduciendo precisamente la prescripción del caso, la SCJN ratificó la sentencia y puntualizó que la acción de responsabilidad civil por daños derivados de violencia sexual infantil no pierde vigencia con el paso del tiempo.

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