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¿Por qué negaron el registro a los candidatos de Morena en Colima?

A la coalición Morena-PT-Encuentro Social en Colima le hizo falta tachar algunos puntos en su lista de pendientes para inscribir en tiempo y forma a sus candidatos a diputados locales.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) declaró improcedentes los registros de los candidatos a una diputación local en los 16 distritos colimenses de la referida alianza, así como los aspirantes por la vía de representación proporcional (plurinominales), por no haber completado los documentos requeridos.

El órgano electoral estatal dio a conocer en su sesión del pasado sábado que durante el procedimiento de revisión de los documentos, detectaron algunas omisiones en las solicitudes de registro y los anexos presentados, por lo que “de inmediato”, informaron a las fuerzas partidistas a fin de que subsanaran los faltantes. El acuerdo aprobado indica que, al vencer el plazo el pasado 4 de abril, las omisiones no fueron solventadas, por lo que la inscripción de las candidaturas fue negada.

El Código Electoral del estado indica que a los partidos o coaliciones que no registren la lista completa de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional les serán cancelados los registros de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa (artículo 167).

El IEE publicó el listado de la documentación que hizo falta integrar a la solicitud de registro de la alianza “Juntos Haremos Historia”. A continuación te presentamos las faltas en la lista de candidaturas a una diputación local por el principio de mayoría relativa.

Para las listas de diputaciones locales por el principio de representación proporcional, las omisiones fueron las siguientes:

 ¿Qué sigue para la coalición?  

El presidente del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en ColimaSergio Jiménez Bojado, explicó a EstaciónPacífico.com, que la coalición procederá a interponer un recurso de impugnación ante la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pues tienen hasta cuatro días a partir de que fueron notificados para realizar la referida solicitud.

“En tiempo y forma, cumplir con las condiciones que tienen que darse para la impugnación. Tenemos cuatro días a partir de que fuimos notificados, estamos en tiempos para hacer esta solicitud de revisión para efectos de revocar este acuerdo y que atenta contra los principios democráticos de inclusión”, comentó.

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