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Robar 4 vacas, con mayor sanción penal que el abuso sexual infantil en Colima

En Colima, se castiga con mayor dureza delitos como la extorsión o el peculado, e incluso el robo de ganado, que el abuso sexual de menores, pese a que el Congreso del Estado aprobó la semana pasada aumentar las sanciones para ese tipo de crímenes.

La pena por ejecutar u obligar a ejecutar a una niña, niño o adolescente “un acto erótico sexual” era de dos a seis años de prisión, y tras la reforma quedó de tres a ocho años y una multa de hasta 32 mil 240 pesos. El Código Penal para el Estado de Colima marca una diferencia entre la violación sexual y este tipo de actos “sin el propósito directo o inmediato de llegar a la cópula”.

Dicho ordenamiento contempla una serie de agravantes para el abuso sexual, como el ejercicio de la violencia, que el agresor tenga algún parentesco o relación con la víctima o que sea ministro religioso, las cuales pueden elevar la sentencia a 10 años 7 meses.

El director ejecutivo de la Red Por los Derechos de la Infancia en Mexico (Redim), Juan Martín Pérez, señaló que delitos en los que se ve afectada la integridad de un menor de edad suelen ser castigados con menor dureza que algunos ilícitos relacionados con los bienes materiales.

“¿Ocho años es poco? Sí, en función de que hay otros delitos que no son tan importantes, como son los delitos patrimoniales. Nunca un objeto patrimonial va a ser más importante que la vida de una persona, y menos de un niño, una niña o un adolescente, y tienen penas mucho más altas”, dijo en entrevista telefónica.

Pérez no se equivoca. El Código Penal local indica que la extorsión es un delito que se castiga con una pena que puede ir de cinco a 10 años de prisión y una multa de hasta 56 mil 420 pesos; y aún puede aumentar hasta 15 años de prisión y una multa de 80 mil 600 pesos si el delincuente es trabajador de una institución bancaria o si pertenece o ha pertenecido a alguna institución de seguridad pública.

Otro ejemplo es el delito de peculado, para el cual se impondrá una pena de cuatro a ocho años de cárcel cuando el valor del detrimento patrimonial equivalga a 2 mil días de salario mínimo, pero si el monto excede a ese importe, la pena irá de seis a 12 años.

Un ejemplo más es el del abigeato, que se sanciona dependiendo de la cantidad de cabezas de ganado vacuno, equino, mular o asnal que sean robadas. Entre cuatro y 10 animales, la sanción va de cinco a 10 años y una multa de hasta 40 mil 300 pesos; es decir, podría ser superior a una sentencia por abuso sexual de menores. Cuando se rebasan las 10 cabezas, las penas de prisión pueden llegar hasta los 15 años y una multa de 120 mil 900 pesos, casi el doble de tiempo en cárcel más una sanción económica que puede ser hasta 3.75 veces más que la impuesta por abusar de un menor de edad.

 La pena en Colima, debajo del promedio nacional 

El 11 de septiembre, el Legislativo local aprobó reformar los artículos 149, 150 y 151 del Código Penal para aumentar las sanciones de quienes comentan el delito de abuso sexual de menores. Antes de ser reformado, el Código Penal colimense establecía una pena de entre tres meses y tres años para quienes abusara sexualmente de una persona, y de dos a siete años si la víctima era menor de edad, con un agravante de un tercio más si se había ejercido violencia.

Con la modificación, el rango más alto de penas es para quien abuse de personas menores de 14 años o de quien “no tenga capacidad de comprender el significado del hecho”, con entre cuatro y ocho años de prisión, y un tercio más en los casos de agravantes mencionadas. Así, la sentencia podría elevarse a entre 5 años 4 meses y 10 años 8 meses.

Pese a este incremento, Colima está por debajo del promedio de sanción máxima contemplada en los códigos penales de los estados, que asciende a 11.7 años de cárcel, de acuerdo con una revisión de EstaciónPacífico.com. En los estados, las sanciones van de los 6 meses (pena mínima en Guanajuato) hasta los 25 años (pena máxima en Chihuahua), según se observa en el siguiente gráfico que ordena los rangos de pena mínima y máxima, considerando las agravantes contempladas en los códigos penales estatales.

“Hay muchos pendientes para armonizar las leyes. Hace año y medio, en Sonora una adolescente que hubiese sido víctima de violencia sexual, se podía argumentar que había sido consensuada esa relación y podía salir libre, incluso con la posibilidad de que ese adulto, regularmente varón, de 15 años o más, le ofreciera matrimonio”, ejemplificó Juan Martín Pérez, de Redim.

 Empoderar a las niñas, niños y adolescentes 

Para el director ejecutivo de la Red, para combatir el abuso sexual de menores es necesario brindar educación sexual desde edades tempranas, de acuerdo con su edad para que comiencen a empoderarse y a aprender a decidir sobre su cuerpo. De este modo, agregó, será posible que comiencen a detectar las situaciones de riesgo.

“Desde que les enseñamos el mundo adulto a los niños y niñas corresponde a que siempre los adultos tomamos decisiones sobre su cuerpo, cómo se visten, qué comen, a dónde van y cuestiones por el estilo (…) Con esto no quiero decir que ellos hagan lo que quieran, pero se tiene que dialogar y construir una crianza más democrática, abierta, que puedan dimensionar y conocer los riesgos que hay y puedan, al mismo tiempo, autoprotegerse”, afirmó.

El experto consideró que otro de los temas que se debe combatir para disminuir este tipo de delitos es la impunidad, pues mientras un gran número de abusos sexuales a menores siga quedando impune, es una invitación a que se repitan.

“Estamos enfrentando la expresión de la cultura machista que protege a otros varones y que castiga de forma blanda a la hora de ofrecer sanciones. Es importante destacarlo y, por otra parte, no sólo buscar cambiarlo, sino tener otras medidas de protección”, aseguró.

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