Morena y Panal impugnan resolución del IEE Colima que imposibilita su alianza
Los dirigentes estatales de Morena y de Nueva Alianza presentaron ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE) un recurso de apelación contra una resolución del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) en la que declaró improcedente el convenio de candidatura común que ambos partidos registraron para las elecciones locales de diputados y ayuntamientos.
Sergio Jiménez Bojado, de Morena, y Javier Pinto, de Nueva Alianza, señalaron que la determinación tomada por el Consejo General del IEE viola la debida interpretación y observancia a lo establecido en diversos artículos de la Constitución federal y de la del estado, así como algunos artículos del Código Electoral del Estado de Colima, pues aseguraron que en ninguno de ellos existe límite porcentual para postular una candidatura común, como indicó la autoridad electoral local en su resolución aprobada el pasado jueves (24 de diciembre).
“La autoridad administrativa electoral local concluyó de forma errónea, inexacta e indebida que, conforme a los criterios
sostenidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las candidaturas comunes deben postular un máximo de 24.99% en conjunto de las candidaturas a la gubernatura del Estado, diputaciones y ayuntamientos y que, por tanto, las postulaciones propuestas no debían rebasar un máximo de 43 candidaturas, distribuidas entre la gubernatura del estado, fórmulas de diputaciones de mayoría relativa y planillas de integrantes de ayuntamiento, violando con ello la determinación de los partidos políticos que suscriben el convenio para poder participar en la forma de candidatura común el proceso electoral local”, indicaron ambos dirigentes, de acuerdo con un comunicado de Morena.
Los representantes de Morena y Nueva Alianza presentaron el recurso de apelación ante el IEE debido a que ninguno de los institutos políticos tenían en su poder la resolución final de la autoridad local, según lo expuesto en el comunicado.
El propósito de la apelación es revocar la resolución del IEE y determinar la procedencia del registro del
convenio de candidatura común para postular a candidatos para las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos en el proceso electoral 2020-2021 “debido a que la autoridad responsable emite una resolución que restringe el derecho de asociación e invade los asuntos internos de los partidos políticos que integran la candidatura común que indebidamente se declaró improcedente”.
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