Sala Regional Toluca desecha recurso contra Margarita por gastos de campaña
La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó un recurso de apelación en contra de Margarita Moreno, alcaldesa electa de Colima —y quien fuera candidata de la coalición PRI-PAN-PRD en el pasado proceso electoral— por presuntamente haber rebasado gastos de campaña.
Los integrantes de dicho órgano jurisdiccional federal en materia electoral resolvieron a favor de Margarita Moreno este recurso presentado por Morena en contra de la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la fiscalización de la campaña de la candidata priista a la alcaldía de Colima, al considerar los argumentos presentados por los quejosos como “infundados, ineficaces e inoperantes”.
La sentencia de la Sala Regional calificó como inoperantes los agravios manifestados por Morena, quien aseguraba que la Unidad Técnica de Fiscalización del INE no había valorado debidamente ni estudiado las pruebas aportadas sobre el presunto rebase de tope de gastos de campaña de Moreno, por no haber especificado qué elementos eran los que no se habían revisado adecuadamente por la autoridad ni presentado evidencias que probaran algo distinto a lo planteado por el INE.
“Resulta inoperante el agravio relativo a que hubo una incorrecta valoración de las pruebas aportadas a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, toda vez que el recurrente de manera genérica y dogmática se limita a manifestar que éstas fueron valoradas indebidamente; empero no especifica, qué pruebas valoró incorrectamente
o cuáles, en su estima, no fueron estudiadas”, refiere el documento.
También se da cuenta de que algunos de los elementos que fueron objeto de denuncia por presuntamente no haber sido reportados como gastos de campaña, sí fueron presentados en los informes de fiscalización de la candidata de ‘Va por Colima’.
La sentencia refiere que la Sala Regional Toluca consideró pertinente dejar sin efectos un apercibimiento dirigido al Secretario del Consejo General del INE por parte de Morena, al considerar que la autoridad en la materia sí se desempeñó de manera oportuna.
“Tal como consta en autos del medio de defensa, la actuación de la autoridad electoral fue oportuna, ya que, dentro del plazo otorgado, llevó a cabo las comunicaciones procesales que se ordenó en el citado acuerdo, remitiendo las constancias de notificación correspondientes”, precisa.
Esta resolución corresponde a un recurso que fue por Morena en contra de los resultados de la labor de fiscalización de la campaña realizada por el INE, sin embargo, falta que la misma Sala resuelva otros recursos de impugnación en contra del triunfo de la candidata de la coalición PRI-PAN-PRD en Colima capital, en donde se vierten argumentos, además de los relacionados con el supuesto resbase de tope de gastos de campaña, como la supuesta compra de votos y la supuesta participación de funcionarios estatales en actividades de campaña.